12/02/2025 - Mapfre SA: Informe sobre la composición y el funcionamiento del Comité de Auditoría y Cumplimiento 2024

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INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO EN RELACIÓN CON SU

COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO EN EL EJERCICIO 2024

Madrid, 10 de febrero de 2025

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE MAPFRE, S.A. EN RELACIÓN CON SU COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO EN EL EJERCICIO 2024

  1. Introducción
    El Comité de Auditoría y Cumplimiento (el "Comité") es el órgano delegado del Consejo de Administración de MAPFRE, S.A. (en adelante, la "Sociedad") para el desarrollo de, entre otras, las funciones de supervisión relacionadas con la integridad de la información financiera y no financiera, la eficacia del control interno, la auditoría interna y la gestión de riesgos.
    Su regulación se encuentra contenida en el artículo 22 de los Estatutos Sociales y en el artículo 10 del Reglamento del Consejo de Administración, así como en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y demás legislación aplicable. Igualmente, en el desempeño de sus funciones, el Comité de Auditoría y Cumplimiento tiene en cuenta las normas y recomendaciones de gobierno corporativo y en particular el Código de Buen Gobierno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de febrero de 2020 (el "Código de Buen Gobierno") y la Guía Técnica 1/2024 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre Comisiones de Auditoría de Entidades de Interés Público.
    Asimismo, el Comité de Auditoría y Cumplimiento de la Sociedad es el órgano encargado de desempeñar las competencias contempladas en el apartado 2 del presente informe, en todo lo aplicable a sociedades no cotizadas, en relación con las sociedades del Grupo MAPFRE que tienen la condición de entidades de interés público y cuyos consejos de administración han delegado en él el ejercicio de las mismas.
  2. Justificación normativa
    El Comité de Auditoría y Cumplimiento emite el presente informe en cumplimiento del artículo 8.3 del Reglamento del Consejo de Administración y de conformidad con la recomendación 36 del Código de Buen Gobierno, según los cuales el Consejo de Administración, en pleno, debe evaluar una vez al año y adoptar, en su caso, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas respecto de, entre otros aspectos, el funcionamiento y la composición de su Comisión Delegada y de sus Comités. Según la citada recomendación, para la

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realización de la evaluación de dichos órganos se partirá del informe que estos eleven al Consejo de Administración.

3. Composición

De conformidad con el artículo 10.2 del Reglamento del Consejo de Administración, el Comité de Auditoría y Cumplimiento debe estar integrado por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros, todos ellos no ejecutivos, la mayoría de los cuales, al menos, deben ser consejeros independientes y uno de ellos debe ser designado teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas. Su Presidente ha de tener la condición de consejero independiente y debe ser sustituido en el cargo cada cuatro años pudiendo ser reelegido para el mismo una vez transcurrido un año desde su cese. El Secretario del Comité es el del Consejo de Administración.

A 31 de diciembre de 2024 el Comité de Auditoría y Cumplimiento estaba formado por los siguientes consejeros:

Nombre

Cargo

Categoría

D. Francesco Paolo Vanni d'Archirafi

Presidente

Independiente

D.ª Ana Isabel Fernández Álvarez

Vocal

Independiente

D. Antonio Gómez Ciria

Vocal

Independiente

D.ª María del Pilar Perales Viscasillas

Vocal

Independiente

D. José Luis Perelli Alonso

Vocal

Independiente

4. Competencias

El Comité de Auditoría y Cumplimiento tiene asignadas las siguientes competencias de acuerdo con el artículo 10 del Reglamento del Consejo de Administración:

  1. Informar a la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que se planteen en relación con aquellas materias que sean competencia del Comité y, en particular, sobre el resultado de la auditoría explicando cómo

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esta ha contribuido a la integridad de la información financiera y no financiera y la función que el Comité ha desempeñado en ese proceso.

  1. Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad, la auditoría interna y los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros, así como discutir con el auditor externo las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, todo ello sin quebrantar su independencia. A tales efectos, y en su caso, podrá presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración y el correspondiente plazo para su seguimiento
  2. Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera y no financiera preceptiva y presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración, dirigidas a salvaguardar su integridad.
  3. Elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, responsabilizándose del proceso de selección de conformidad con lo previsto en la legislación vigente, así como las condiciones de su contratación y recabar regularmente de él información sobre el plan de auditoría y su ejecución, además de preservar su independencia en el ejercicio de sus funciones.
  4. Establecer las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan suponer una amenaza para su independencia, para su examen por el Comité, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas y, cuando proceda, la autorización de los servicios distintos de los prohibidos en los términos contemplados en la legislación vigente sobre auditoría de cuentas, sobre el régimen de independencia, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, deberán recibir anualmente del auditor externo la declaración de su independencia en relación con la entidad o entidades vinculadas a esta directa o indirectamente, así como la información detallada e individualizada de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el auditor externo, o por las personas o entidades vinculados a éste de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente sobre auditoría de cuentas.

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  1. Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre si la independencia del auditor externo resulta comprometida. Este informe deberá contener, en todo caso, la valoración motivada de la prestación de todos y cada uno de los servicios adicionales a que hace referencia la letra anterior, individualmente considerados y en su conjunto, distintos de la auditoría legal y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas.
  2. Asegurar que, en la medida de lo posible, el auditor externo del Grupo asume la responsabilidad de las auditorías de todas las empresas que lo integran.
  3. Velar por la independencia y la eficacia de la función de Auditoría Interna; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese de su máximo responsable, su presupuesto anual, y el plan de trabajo anual de la auditoría interna; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la Alta Dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
  4. Informar sobre las operaciones vinculadas que deba aprobar la Junta General de Accionistas o el Consejo de Administración y supervisar el procedimiento interno que tenga establecido la Sociedad para aquellas cuya aprobación haya sido, en su caso, delegada por el Consejo de Administración.
  5. Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración sobre todas las materias previstas en la Ley, los Estatutos Sociales y el Reglamento del Consejo de Administración, y en particular sobre:
    • La información financiera y no financiera que la Sociedad deba hacer pública periódicamente.
    • La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales.
  6. Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la Sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y

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contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la sociedad que adviertan en el seno de la misma o de su Grupo. Este mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.

  1. Velar en general porque las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica.
  2. Vigilar la aplicación de las normas de buen gobierno establecidas en cada momento.
  3. Supervisar el cumplimiento de la normativa interna y externa, y, en particular, de los códigos internos de conducta, de las normas y procedimientos de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, así como formular propuestas para su mejora.
  4. Supervisar la adopción de acciones y medidas que sean consecuencia de informes o actuaciones de inspección de las autoridades administrativas de supervisión y control.

5. Funcionamiento

Según se establece en el Reglamento del Consejo de Administración, el Comité de Auditoría y Cumplimiento se reúne normalmente con periodicidad trimestral, así como cuantas veces sea preciso con carácter ordinario o extraordinario, a cuyos efectos contará con la asistencia del Director General de Auditoría Interna del Grupo.

En el ejercicio 2024 el Comité celebró once reuniones, que, en su conjunto, contaron con la asistencia del 98,18% de los miembros del Comité.

A continuación, se indican los principales asuntos tratados en las reuniones del Comité celebradas en el ejercicio 2024:

  • Información a la Junta General de Accionistas:
    El Presidente del Comité de Auditoría y Cumplimiento, así como el resto de los miembros del Comité, asistieron a la Junta General de Accionistas

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celebrada el 15 de marzo de 2024. Los accionistas no plantearon cuestiones sobre materias de su competencia.

  • Información financiera y no financiera
    De acuerdo con las competencias que tiene asignadas, el Comité de Auditoría y Cumplimiento de MAPFRE ha verificado en 2024 la siguiente documentación, con carácter previo a su sometimiento al Consejo de Administración:
    • Informe de Gestión y Cuentas Anuales 2023 Individuales y Consolidadas de MAPFRE S.A. y sus sociedades dependientes.
    • Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia de 2023 del Grupo MAPFRE y de las filiales que desarrollan actividad aseguradora y reaseguradora con domicilio en España.
    • Informe Integrado 2023, documento que sigue las directrices y recomendaciones del Marco Internacional de Reporting Integrado, y que incluye el estado de información no financiera correspondiente a dicho ejercicio.
    • Informe de la revisión limitada sobre los estados financieros intermedios resumidos consolidados de MAPFRE, S.A. correspondientes al período intermedio finalizado a 30 de junio de 2024.

Asimismo, el Comité de Auditoría y Cumplimiento ha informado favorablemente al Consejo de Administración sobre información que se facilitó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores correspondiente al primer semestre de 2024, la cual comprende: (i) el informe de actividad con datos a 30 de junio de 2024; y (ii) los estados financieros intermedios resumidos consolidados de MAPFRE correspondientes al período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2024.

  • Supervisión de Auditoría Interna
    El Comité de Auditoría y Cumplimiento ha aprobado el Plan Anual de Auditoría Interna para el ejercicio 2025 de MAPFRE y sus sociedades filiales, que incluye un resumen del plan, los objetivos previstos para el año y la estructura, presupuesto y distribución de actividades de la Unidad de

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Auditoría Interna. Asimismo, ha conocido la memoria de actividades llevadas a cabo por esta unidad en el ejercicio 2023.

Igualmente, el Comité de Auditoría y Cumplimiento ha conocido y revisado los informes de actividades de la Unidad de Auditoría Interna, que son emitidos trimestralmente por el Área Corporativa de Auditoría Interna y que hacen especial hincapié en aquellos aspectos relevantes acaecidos en el trimestre relacionados con los trabajos de auditoría interna y el control interno. Estos informes también incluyen: (i) el seguimiento del cumplimiento de los objetivos de los planes de auditoría y de la implantación de las recomendaciones, (ii) información sobre la formación de los auditores internos y (iii) la colaboración con el auditor externo y con otras áreas de la compañía. Se ha presentado al Comité información detallada del seguimiento y de la evolución de las recomendaciones con carácter periódico.

Adicionalmente, el Comité ha sido informado de los diferentes nombramientos en las direcciones de los Servicios y las Unidades de Auditoría Interna producidos a lo largo de 2024.

Por otro lado, el Comité ha aprobado la actualización del Estatuto de Auditoría Interna de MAPFRE con objeto de adaptarlo a las Normas Globales de Auditoría Interna del Instituto Internacional de Auditoría Interna que entraron en vigor en enero de 2025.

  • Control interno y gestión de riesgos
    Se presentaron al Comité de Auditoría y Cumplimiento los informes de valoración del sistema de control interno de las entidades aseguradoras y reaseguradoras españolas del Grupo MAPFRE, relativos al ejercicio 2023, elaborados por el Área Corporativa de Auditoría Interna.
    Respecto al Sistema de Control de la Información Financiera (SCIIF), el Comité de Auditoría y Cumplimiento recibió del auditor externo, KPMG, su informe "Información relativa al Sistema de Control Interno sobre la Información Financiera" correspondiente al ejercicio 2023, en el que se resumen los procedimientos de control interno establecidos por MAPFRE S.A. en relación con la información financiera anual.
    También se presentaron al Comité el Informe de Evaluación Interna de Riesgos y Solvencia (ORSA) del Grupo MAPFRE, el Informe sobre la

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Situación Financiera y de Solvencia (SFCR) y la Información Cuantitativa Anual (QRTs), todos ellos correspondientes al ejercicio 2023.

Adicionalmente, en cuanto a la revisión de la gestión de riesgos, el Comité fue informado de los aspectos más importantes llevados a cabo por Auditoría Interna dentro de sus funciones de supervisión del sistema de gestión de riesgos, como son, entre otras, las auditorías relativas a la supervisión del control interno, los trabajos de valoración del mismo y el plan de auditoría basado en riesgos.

  • Auditoría externa
    El Comité de Auditoría y Cumplimiento fue informado del presupuesto para la auditoría externa de las cuentas anuales individuales y consolidadas de MAPFRE S.A. y sus sociedades dependientes del ejercicio 2024, y aprobó el pago de honorarios extraordinarios a KPMG motivados por la desviación de horas realizadas en la auditoría de cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2023 de diversas compañías de MAPFRE. Del mismo modo, el Comité autorizó la realización de servicios adicionales por parte de KPMG en diferentes entidades de MAPFRE y el importe de los honorarios a percibir por los mismos.
    KPMG presentó al Comité de Auditoría y Cumplimiento el plan de auditoría de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2024, en el que se incluye el calendario de trabajo, el alcance de la auditoría del Grupo, la composición del equipo de trabajo, la evaluación preliminar de riesgos y los cambios contables y regulatorios que afectan al periodo de revisión. Asimismo, dado que KPMG se encarga de verificar la información sobre sostenibilidad correspondiente al ejercicio 2024 contenida en el Informe de Gestión consolidado de MAPFRE, el referido plan de auditoría contenía el calendario de revisión de la información sobre sostenibilidad y las implicaciones de la Directiva Europea sobre Información Corporativa en Materia de Sostenibilidad en el proceso de revisión del ejercicio 2024.
    Asimismo, KPMG presentó al Comité el memorándum preliminar de la auditoría de cuentas anuales y de revisión de la información sobre sostenibilidad correspondientes al ejercicio 2024.
    Por otra parte, y con la finalidad de garantizar la independencia del auditor externo, el Comité de Auditoría y Cumplimiento ha realizado un seguimiento trimestral de los honorarios facturados por la firma de auditoría

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principal por servicios distintos a la auditoría de cuentas anuales y ha supervisado la relación entre los honorarios satisfechos a la firma de auditoría y los ingresos totales de ésta, porcentaje que según el Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE S.A. no debe superar el 5%.

El auditor externo, KPMG, ha asistido a los puntos de las reuniones del Comité de Auditoría y Cumplimiento en los que se trataron asuntos relacionados con: (i) la auditoría de las cuentas anuales, (ii) los informes de la revisión limitada a 30 de junio de 2024, (iii) los informes preliminares a la auditoría de cuentas anuales, y (iv) el proceso de revisión razonable del Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia del Grupo MAPFRE y de las filiales que desarrollan actividad aseguradora y reaseguradora con domicilio en España.

Asimismo, y con el objeto de verificar la información y contribuir al principio de transparencia en materia de sostenibilidad, el auditor externo, KPMG, se encargó de la verificación de la información no financiera del Informe Integrado de MAPFRE correspondiente al ejercicio 2023, informe que fue verificado por el Comité. Del mismo modo, el Comité fue informado de los honorarios propuestos por KPMG para la emisión del informe de verificación del estado de sostenibilidad de 2024, que formará parte del Informe de Gestión consolidado de MAPFRE, S.A. correspondiente a dicho ejercicio.

  • Operaciones vinculadas
    El Comité de Auditoría y Cumplimiento formuló para su puesta a disposición de los accionistas con ocasión de la Junta General de Accionistas, un informe sobre las operaciones vinculadas realizadas en el ejercicio 2023.
    En el ejercicio 2024 la Sociedad no realizó ninguna operación vinculada que tuviese que ser analizada con carácter previo por el Comité en cumplimiento de la legislación vigente.
  • Cumplimiento normativo
    Se presentó al Comité la memoria de actuaciones sobre cumplimiento normativo correspondiente al ejercicio 2023, la cual contiene información relativa a (i) la gestión del riesgo de incumplimiento, del cambio normativo y

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Disclaimer

Mapfre SA publicó este contenido el día 12 febrero 2025 y es la única responsable del contenido. Difundido por Public el 12 febrero 2025 10:56:36 UTC.

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