Fondo de inversión garantizado

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Son fondos de inversión que aseguran que, como mínimo, en una explícita fecha futura se conservará la totalidad o parte de la inversión inicial. En algunos casos se ofrece también una cierta rentabilidad asegurada.

Principales conceptos

Fecha de vencimiento de garantía: fecha futura en la que se asegura que las participaciones del fondo alcanzarán un determinado valor liquidativo (valor liquidativo garantizado). Sólo tienen derecho a la garantía los partícipes que mantengan su inversión hasta la fecha de vencimiento. Si se reembolsa antes de esta fecha, se podrían sufrir pérdidas.

Garante: entidad que asume el compromiso de aportar la cantidad necesaria para que el partícipe conserve su inversión inicial, en caso de que la evolución de la cartera del fondo de inversión garantizado no haya permitido alcanzar el valor liquidativo garantizado. Cuando esta cantidad se entrega directamente al fondo se habla de garantía interna; si es el partícipe el que recibe el importe, la garantía es externa.

Período de comercialización: período durante el que se pueden comprar participaciones de un fondo garantizado sin pagar comisiones de suscripción.

Ventanas de liquidez: algunos garantizados establecen fechas predeterminadas, en las que el partícipe puede reembolsar total o parcialmente sin pagar comisión de reembolso. Para ello es necesario respetar los plazos de preaviso recogidos en el folleto. Dado que estos reembolsos se realizan al valor liquidativo de la fecha, la garantía no es aplicable, pudiendo generar pérdidas.

¿Qué tipo de fondos garantizados existen?

Según el objetivo de rentabilidad que se garantiza pueden distinguirse dos tipos:

Garantizados de renta fija (GRF): en la fecha de vencimiento de la garantía no sólo aseguran la conservación del capital inicial, sino también una rentabilidad fija y predeterminada (que se indica en el folleto del fondo en términos de interés anual, TAE).

Garantizados a vencimiento (GRV): sólo aseguran la inversión inicial en la fecha de vencimiento de la garantía. Asimismo, ofrecen la posibilidad de alcanzar una rentabilidad vinculada al comportamiento de diversos activos financieros o índices (de acuerdo con fórmulas de cálculo más o menos complejas). El inversor debe tener en cuenta que, si la evolución de los instrumentos subyacentes no es la esperada, es probable que no obtenga rentabilidad alguna.

Qué hacer cuando vence la garantía

El partícipe debe estar atento a la fecha de vencimiento de la garantía (indicada en el folleto del fondo y en la información periódica que se le remite) ya que en ese momento deberá valorar la situación y decidir qué le conviene hacer.
Con carácter general, llegado el vencimiento de la garantía estos fondos establecen o inician un nuevo periodo garantizado que incluye cambios significativos en su naturaleza, características e incluso, a veces, en su denominación. En otros casos, el fondo puede dejar de ser garantizado y seguir funcionando normalmente, con otra política de inversión. Estos cambios se comunican a los partícipes a medida que se aproxima el vencimiento de la garantía.

Los inversores disponen de las siguientes opciones:

No aceptar las nuevas condiciones: en tal caso el partícipe debe de ejercer el derecho de separación, que le permite recuperar su inversión o traspasarla a otro fondo sin soportar comisiones de reembolso durante un período limitado (un mes, como mínimo). Este plazo viene indicado en la carta remitida por la entidad.

Permanecer como partícipe en el fondo: esta opción no exige actuación alguna, ya que si el inversor no ordena el reembolso durante el plazo que dispone para separarse, se sobreentiende que está conforme con las nuevas características (o en su caso con las características del fondo absorbente) y desea mantener su inversión. A partir de ese momento el partícipe queda sujeto a las nuevas condiciones (entre las que puede incluirse la aplicación de comisión por reembolso, por ejemplo).

¿Qué hay que tener siempre en cuenta?

Generalmente, los fondos garantizados no aseguran la inversión en todo momento, sino sólo en una fecha determinada: la de vencimiento de la garantía.

No todos los fondos garantizados aseguran la obtención de rendimientos. Antes de invertir, compruebe si el fondo ofrece una rentabilidad fija y segura o sólo garantiza la inversión inicial.

Si elige un fondo garantizado, es conveniente que invierta durante el período de comercialización y que reembolse en el plazo previsto después del vencimiento de la garantía.

El motivo es que los fondos garantizados suelen cobrar elevadas comisiones por realizar suscripciones y reembolsos durante el período de garantía, con el fin de restringir la entrada y salida de partícipes (salvo en los periodos de transición).

Los reembolsos realizados en una ventana de liquidez no se benefician de la garantía, por lo que, aunque estén exentos de comisión de reembolso pueden acarrear pérdidas.

Consulte el DFI del fondo garantizado para conocer sus principales características: objetivos de inversión, perfil de riesgo del fondo, gastos corrientes y comisiones, fecha de vencimiento de la garantía, etc. Esta consulta debe ser habitual, tanto antes de realizar la inversión como una vez que se tiene la condición de partícipe.

Examine con atención las comunicaciones que le remita la entidad sobre el vencimiento y condiciones de renovación de la garantía.

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